Orden de protección


Definición

Conjunto de medidas acordadas por el Juez para proteger a las víctimas de violencia doméstica y de género. Se acuerdan en una única resolución judicial pero engloban medidas de naturaleza civil (relativas a la vivienda, custodia de los hijos, alimentos…), penal (alejamientos, prohibición de comunicación…) y asistencial (ayudas previstas en la Ley) a favor de las víctimas y de sus hijos. 

Ficha técnica